En las pólizas de impago de alquiler tenemos el convencimiento de que la cobertura se basa en el impago de las rentas de alquiler como consecuencia del incumplimiento del contrato de arrendamiento. La mayoría de las compañías de seguros ponen como condición para el adelanto de la renta que ha de existir una sentencia firme u otra resolución judicial definitiva en el juicio de desahucio y reclamación de rentas.
Esto en la práctica hace que el cliente se vea en la situación de tener que solicitar a la compañía aseguradora un adelanto de las rentas impagadas, lo cual puede hacer, a partir de los 3 meses de producido este impago, este adelanto de rentas se tiene que devolver a la compañía en el caso de que en el juicio de desahucio el arrendador tenga una sentencia desfavorable.
¿Qué ocurre además si el arrendatario es judicialmente insolvente? la mayor parte de las pólizas dicen que “la cía. realizará la reclamación de las rentas impagadas, siempre que el deudor no sea insolvente según declaración judicial”. Si el deudor se declarase insolvente tenemos que deducir a sensu contario que la aseguradora no realizaría la reclamación judicial y por tanto no habría lugar a juicio de desahucio y por tanto a la posibilidad de anticipo para el cliente de unas cantidades que no se van a reclamar. El cliente, arrendatario, entonces, quedaría en franco desamparo con una póliza contratada que no le va a solucionar nada.
Pues bien, en Albor 2000, superamos ese concepto extendido por casi todas las pólizas de impago, ofreciéndote la posibilidad de contratar la mejor póliza del mercado, la cual “no adelanta lo que posteriormente consigas o no de una sentencia” sino que te indemniza por el impago independientemente de la sentencia judicial posterior. Además, te indemniza a partir del segundo mes de impago y no tiene ese concepto de adelanto de nada sino de indemnización directa.
Adjuntamos cuadro comparativo.;
Mercado Albor 2000
Renta Adelanto de sentencia ( 1 mes carencia) Indemnización sin sentencia ( 1 mes carencia)
Defensa jurídica Hasta 3000.- euros Hasta 3000.- euros
Actos vandalismo 3. 000 euros con franquicia 300 euros 3.000 euros sin franquicia
Precio 12 meses de cobertura 520.-euros/año 486,29..-euros/año 1.000 euros mes de renta 447.- sin impago suministros
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